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para Infracciones de Tránisto - Según Ley Naciona de Tránsito
Nº 24449
De $125,50 a $251,00 (Montos mínimos y máximos que se aplicarán
según reincidencia)
- Circular con licencia vencida.
- Circular sin casco, sin cinturón, sin licencia.
- Circular sin patente o fuera del lugar reglamentario.
- Mal estaciomnado (estacionar en la ochava, obstruir senda peatonal, obstruir
en línea cebrada).
- No exihibir documentación exigible.
- Circular sin la documentación (tarjeta verde, seguro, recibo de patente).
- Falta parcial de luces.
- Estacionar en la vereda (moto).
Por infracciones de tránsito cometidas por el Servicio Público
de Taxímetros, Remisses, Transporte Escolar y Transporte Urbano de Pasajeros
(ómnibus).
- Con habilitación vencida, dentro del lapso de seis meses.
- Sin portar su licencia, estando habilidato.
- Sin portar el comprobante del seguro.
- Sin las placas de identificación de dominio correspondiente.
- Faltando la placa de identificación de dominio delantera o por no
tenerla en lugar reglamentario.
- Por circular sin haber realizado la revisión técnica periódica.
De $753,00 a $2510,00 (Montos mínimos y máximos que se aplicarán
según reincidencia)
- Maniobra indebida en profesionales.
- Estacionar en doble fila.
- Estacionar en contramano.
- Estacionar en la vereda (auto, camioneta y/o utilitario).
- Girar en U.
- Girar a la izquierda.
- Circular con maquinaria especial en infracción a las normas reglamentarias.
- Circular siendo menor de edad.
- No poseer sistemas de seguridad originales.
- Cruzar semáforo en rojo y/o barrera.
- Uso indebedio de luces y/o falta total de luces.
- Circular en contramano.
- Desobediencia y fuga.
- Circular sobre acera.
- Circular utilizando telefonía movil.
- Circular con exceso de velocidad.
Por infracciones de tránsito cometidas
por el Servicio Público de Taxímetros, Remisses, Transporte Escolar
y Transporte Urbano de Pasajeros (ómnibus).
- Estando legalmente inhabilitado para ello.
- Sin haber sido habilitado.
- Teniendo suspendida su habilitación.
- Sin estar habilitado para conducir ese tipo de vehículos.
- Que levante pasajeros en la vía pública, sin que se halla
solicitado el servicio de agencia de su dependencia.
- Sin tener cobertura de seguro vigente.
- No poseer los sistemas de seguridad originales en buen estado de funcionamiento.
Tribunal de Faltas - Juez
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Fecha de Actualización de la página: 25/07/2008